SOCIEDADES ANONIMAS
ANTECEDENTES PARA COBRAR UN CHEQUE
1.- Copia de la inscripcion del extracto primitivo de la sociedad, inscrito en el Registro del Comercio respectivo, con constancia de las anotaciones marginales y con certificación de vigencia estampada en el mismo documento.
Dicha copia de inscripcion la Otorga el conservador de Bienes Raices correspondiente, debiendo constar en copia autorizada o fotocopia autorizada ante notario de una antiguedad no mayor a 60 días.
2.- Copia autorizada p fotocopia autorizada ante notario de la escritura publica de constitucion.
3.- Si la sociedad hubiere sido modificada se acompañara ademas, respecto de cada modificación, copia autotizada o fotocopia autorizada ante notario de la escritura publica de modificación.
4.- Publicacion de la constitucion y modificacion en el Diario Oficial
5.- Acta reducida a escritura publica acompañada en copia autorizada o fotocopia autorizada ante notario, de la sesion de directorio en la cual otorgó el poder que se encuentra vigente.
6.- Certificado otorgado por Notario Publico o por el Gerente General de la sociedad que acredite la composicion del Directorio a la fecha en que se celebró la sesion de directorio en que se otorgó dicho poder. ( no confundir con la fecha de reduccion a escritura publica del acta donde consta dicha sesión), de conformidad con el registro Público que debe llevar la sociedad, según lo dispuesto por el artículo 135 de la Ley N° 18.046. LEY SOBRE SOCIEDADES ANONIMAS
NOTA: UN MANDATO EN CASO DE UNA TERCERA PERSONA
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