jueves, 8 de noviembre de 2012

FORMAS JURIDICAS DE ASOCIACION U ORGANIZACION

LA SOCIEDAD 
CONSIDERACIONES GENERALES

Entre las formas jurídicas de asociación que actualmente contempla la ley chilena, la más utilizada por los empresarios para ejercer actividades económicas es la sociedad.
Podemos caracterizar a la sociedad como una forma de asociación voluntaria de personas naturales o jurídicas, las que de un modo organizado y más o menos permanente, unen sus esfuerzos, ya sea de capital o de trabajo, con el fin de conseguir un objetivo de carácter económico y repartir entre sus miembros los beneficios que se obtengan.

La sociedad se opone, en consecuencia, a la empresa económica desarrollada por una persona natural, que no obstante persigue finalidades lucrativas, se desarrolla únicamente mediante la iniciativa y el aporte exclusivo del esfuerzo, el capital y el trabajo de la persona que lo realiza. Es importante no confundir al empresario persona natural con la empresa individual de responsabilidad limitada, que describiremos más adelante en este capítulo, y que es una figura nueva en la ley chilena que otorga al empresario individual algunos de los beneficios que proporciona la sociedad. 

El hecho de estar organizado jurídicamente como sociedad o como empresa individual de responsabilidad limitada, es de gran importancia para el empresario, ya que tanto la sociedad como la empresa individual de responsabilidad limitada permiten al empresario proteger su patrimonio personal de los resultados de su actividad empresarial.

Las sociedades están organizadas sobre la base de un conjunto de personas ligadas por
un vínculo contractual, es decir, un conjunto de acuerdos y convenciones que constan en el contrato de sociedad, denominado comúnmente “estatutos” o “pacto social”. En el silencio de los estatutos o del pacto social, las normas que rigen las relaciones entre las partes están determinadas por la ley.

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